Concejala Marleny Lopera, ¿hablamos de coherencia?


Luego de haber recibido una denuncia (algún exalcalde por ahí dice “demanda”) en la Fiscalía General de la Nación, por los presuntos delitos de injuria y calumnia, por parte de la concejala Marleny Lopera Herrera, de la Alianza Verde, continuaré publicando algunas notas que involucran a la concejal anticorrupción, promotora de marchas y recolectora de firmas que, además de no ser coherente con lo que pregona, resultó sagaz para el voltiarepismo político, por aquella de que la política es dinámica.

Para empezar es importante mencionar algunos asuntos curiosos que continúan sucediendo en el Concejo de Yarumal, en donde no se sabe con qué argumento y bajo qué criterio le pagan el subsidio de transporte a la concejal Marleny Lopera, quien los días de sesión no viaja hacia el corregimiento de Llanos de Cuivá, sino que pernocta en Yarumal, razón por la cual no debe recibir dicho subsidio. Así ella me denuncie en la Fiscalía sabe que tengo razón.


Señora concejala: ¿por qué no publica en sus redes sociales la relación de viajes durante el mes de febrero, mayo y los que van de agosto, con los respectivos tiquetes certificados por las empresas de transporte o el particular que la transporta? Sea coherente. No lo hace porque usted cobra lo que no es real.

Otra pregunta: ¿dónde estaba en la sesión inaugural del mes de agosto de 2017, porque como queda en evidencia en el video publicado por la Alcaldía de Yarumal usted está ausente de su curul? Lo más particular es que usted firmó la asistencia del día 1° de agosto y, estoy totalmente seguro, la cobrará. [Ver video sesión Concejo]


Lo más particular de esa sesión es que dos concejales, Mariano Alberto Restrepo y Elkin David Estrada Cuartas, no asistieron y enviaron excusa. Obviamente no tiene derecho a los cien mil pesos de honorarios. Ella fue, no ocupó su curul y reclamará los cien mil pesos.


Algunos otros días ha asistido al recinto del Concejo y no ha ocupado su curul, pero sí cobra la sesión. ¿A qué jugamos? Y así tiene el descaro de convocar a través de las redes sociales una protesta contra no sé qué entidades, o contra el alcalde Areiza Palacio, cuando no es capaz de hacer debates de control político, cuestionar con fundamentos y hacerle el cuestionario a quien corresponda. ¿Por qué no es coherente con lo que pontifica en las sesiones?

El 25 de octubre de 2015 usted fue elegida, en la lista de la Alianza Verde, por 281 ciudadanos, quienes confiaron en que usted haría un excelente papel en el Concejo de Yarumal. Ahora, como se ha visto en algunas fotografías que circulan en las redes, usted está haciendo campaña con la Alianza Social Independiente (ASI), apoyando a la precandidata Berenice Bedoya, quien aspiró a la Asamblea por ese mismo partido en 2015.




Entonces, ¿de la Alianza Verde pero en campaña con la ASI? ¡Vaya, vaya! En las fotografías se puede observar que la concejala estaba en una reunión política de la ASI en Santa Rosa de Osos. ¿Esto no es doble militancia?


El Artículo 2° de la Ley 1475 de 2011: “Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, establece en cuanto a la doble militancia: [Leer y descargar ley]

Artículo 2°. Prohibición de doble militancia:
En ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político. La militancia o pertenencia a un partido o movimiento político, se establecerá con la inscripción que haga el ciudadano ante la respectiva organización política, según el sistema de identificación y registro que se adopte para tal efecto el cual deberá establecerse conforme a las leyes existentes en materia de protección de datos.

Quienes se desempeñen en cargos de dirección, gobierno, administración o control, dentro de los partidos y movimientos políticos, o hayan sido o aspiren ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular, no podrán apoyar candidatos distintos a los inscritos por el partido o movimiento político al cual se encuentren afiliados. Los candidatos que resulten electos, siempre que fueren inscritos por un partido o movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones.

El incumplimiento de estas reglas constituye doble militancia, que será sancionada de conformidad con los estatutos, y en el caso de los candidatos será causal para la revocatoria de la inscripción.

Al estar en abierta campaña la precandidata Berenice Bedoya, excontratista de la ESE Hospital San Juan de Dios, en donde de acuerdo a algunas fuentes no tuvo un buen desempeño, al caso de haber entregado información a entidades nacionales de manera extemporánea, lo cual puso en vilo la aprobación del Plan de Saneamiento Fiscal y Financiero aprobado por los ministerios de Salud y Hacienda por $4.600 millones de pesos. Eso si no lo cuestiona su nueva aliada, la concejala Marleny Lopera, quien viola la ley de partidos y recoge firmas para la Alianza Verde. ¿Nadando en dos aguas?

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