Concejala Marleny Lopera, ¿hablamos de coherencia?
Luego de haber recibido una denuncia
(algún exalcalde por ahí dice “demanda”) en la Fiscalía General de la Nación,
por los presuntos delitos de injuria y calumnia, por parte de la concejala Marleny
Lopera Herrera, de la Alianza Verde, continuaré publicando algunas notas que
involucran a la concejal anticorrupción, promotora de marchas y recolectora de
firmas que, además de no ser coherente con lo que pregona, resultó sagaz para
el voltiarepismo político, por aquella de que la política es dinámica.
Para empezar es importante mencionar
algunos asuntos curiosos que continúan sucediendo en el Concejo de Yarumal, en
donde no se sabe con qué argumento y bajo qué criterio le pagan el subsidio de
transporte a la concejal Marleny Lopera, quien los días de sesión no viaja
hacia el corregimiento de Llanos de Cuivá, sino que pernocta en Yarumal, razón
por la cual no debe recibir dicho subsidio. Así ella me denuncie en la Fiscalía
sabe que tengo razón.
Señora concejala: ¿por qué no publica en
sus redes sociales la relación de viajes durante el mes de febrero, mayo y los
que van de agosto, con los respectivos tiquetes certificados por las empresas
de transporte o el particular que la transporta? Sea coherente. No lo hace
porque usted cobra lo que no es real.
Otra pregunta: ¿dónde estaba en la sesión
inaugural del mes de agosto de 2017, porque como queda en evidencia en el video
publicado por la Alcaldía de Yarumal usted está ausente de su curul? Lo más
particular es que usted firmó la asistencia del día 1° de agosto y, estoy
totalmente seguro, la cobrará. [Ver video sesión
Concejo]
Lo más particular de esa sesión es que dos
concejales, Mariano Alberto Restrepo y Elkin David Estrada Cuartas, no
asistieron y enviaron excusa. Obviamente no tiene derecho a los cien mil pesos
de honorarios. Ella fue, no ocupó su curul y reclamará los cien mil pesos.
Algunos otros días ha asistido al recinto del Concejo y no ha ocupado su curul, pero sí cobra la sesión. ¿A qué jugamos? Y así tiene el descaro de convocar a través de las redes sociales una protesta contra no sé qué entidades, o contra el alcalde Areiza Palacio, cuando no es capaz de hacer debates de control político, cuestionar con fundamentos y hacerle el cuestionario a quien corresponda. ¿Por qué no es coherente con lo que pontifica en las sesiones?
El 25 de octubre de 2015 usted fue
elegida, en la lista de la Alianza Verde, por 281 ciudadanos, quienes confiaron
en que usted haría un excelente papel en el Concejo de Yarumal. Ahora, como se
ha visto en algunas fotografías que circulan en las redes, usted está haciendo
campaña con la Alianza Social Independiente (ASI), apoyando a la precandidata
Berenice Bedoya, quien aspiró a la Asamblea por ese mismo partido en 2015.
Entonces, ¿de la Alianza Verde pero en campaña
con la ASI? ¡Vaya, vaya! En las fotografías se puede observar que la concejala
estaba en una reunión política de la ASI en Santa Rosa de Osos. ¿Esto no es
doble militancia?
El Artículo 2° de la Ley 1475 de 2011: “Por la cual se adoptan reglas de
organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos”,
establece en cuanto a la doble militancia: [Leer y descargar
ley]
Artículo 2°.
Prohibición de doble militancia:
En ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer
simultáneamente a más de un partido o movimiento político. La militancia o
pertenencia a un partido o movimiento político, se establecerá con la
inscripción que haga el ciudadano ante la respectiva organización política,
según el sistema de identificación y registro que se adopte para tal efecto el
cual deberá establecerse conforme a las leyes existentes en materia de
protección de datos.
Quienes se desempeñen en cargos de
dirección, gobierno, administración o control, dentro de los partidos y
movimientos políticos, o
hayan
sido
o
aspiren ser
elegidos
en cargos o corporaciones de elección popular, no podrán apoyar candidatos distintos a los
inscritos por el partido o movimiento político al cual se encuentren afiliados. Los
candidatos que resulten electos, siempre que fueren inscritos por un partido o
movimiento político, deberán pertenecer al que los inscribió mientras ostenten
la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un
partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a la curul al menos
doce (12) meses antes del primer día de inscripciones.
El incumplimiento
de estas reglas constituye doble militancia, que será sancionada de conformidad con los estatutos, y en el caso
de los candidatos será causal para la revocatoria de la inscripción.
Al estar en
abierta campaña la precandidata Berenice Bedoya, excontratista de la ESE
Hospital San Juan de Dios, en donde de acuerdo a algunas fuentes no tuvo un
buen desempeño, al caso de haber entregado información a entidades nacionales
de manera extemporánea, lo cual puso en vilo la aprobación del Plan de
Saneamiento Fiscal y Financiero aprobado por los ministerios de Salud y
Hacienda por $4.600 millones de pesos. Eso si no lo cuestiona su nueva aliada,
la concejala Marleny Lopera, quien viola la ley de partidos y recoge firmas
para la Alianza Verde. ¿Nadando en dos aguas?