En Yarumal, ¿guardas de tránsito o arbitrarios con pito?
El día sábado, 14 de mayo, entre las 11.00 a.m.
y la 1.00 p.m., sucedió un hecho de tránsito que es la mayor muestra de
arbitrariedad por parte de autoridad pública, en donde están relacionados dos
guardas de tránsito: Jota & Leopoldina, a quienes se sumaron después por
accidente y conocieron del hecho, el Secretario de Tránsito y Transporte y el
gerente del Inderyal.
Frente a la sede de la Universidad de
Antioquia en Yarumal, carrera 20 entre calles 19 y 20, siempre, sin control de
la autoridad de tránsito, ha funcionado un parqueadero, sea de carros
particulares o motocicletas. Ese sábado 14 de mayo no fue la excepción, pero
los guardas de Tránsito, con ganas de trabajar y hacer cumplir la norma, hicieron
presencia en el sitio y encontraron a varios infractores.
Los dos guardas, Jota & Leopoldina, procedieron
a tomar las respectivas placas para hacer los comparendos. No contentos con
ello, porque hasta ese momento los facultaba la ley, llamaron a una grúa para
inmovilizar las seis (6) motos que en ese momento infringían el Código Nacional
de Tránsito, para transportarlas hasta el Fondo Rotatorio, parqueadero del
Municipio de Yarumal. Alertados de la situación los conductores de las
motocicletas, que se encontraban en clases, hicieron presencia en el lugar,
viendo cómo sus vehículos eran “amarrados” en una grúa.
Para Jota & Leopoldina el procedimiento
estuvo bien. Para los infractores fueron arbitrarios y se extralimitaron en sus
funciones y en la aplicación del Código Nacional de Tránsito. Según pude
determinar con varios de los presentes en el sitio de ocurrencia del hecho,
hubo varias llamadas al Secretario de Tránsito y Transporte, Juan Fernando
Vélez Palacio, quien habló con sus subordinados. Nada sucedió y el procedimiento
continuó. Hubo una llamada más, al Personero Municipal, Juan Felipe Botero,
quien escuchó la queja, pero se disculpó por no poder hacer presencia en el
sitio. Y nada sucedió.
Como autoridad es autoridad los dos guardas
de Tránsito custodiaron el traslado de las seis (6) motocicletas hasta el
Fondo, en donde las cosas pasaron a mayores. En vista de la arbitrariedad de las
autoridades varios estudiantes de la Universidad de Antioquia, entre ellos del
pregrado de Derecho y otros cursos, se fueron en combo hacia el parqueadero.
¡Ahí fue Troya!
Estando en el lugar, se dice que muchas
personas, sin determinar el número, llegaron a reclamarles a los guardas,
quienes se sintieron intimidados y amenazados, por lo que llamaron a la Policía
Nacional, que al escuchar el nombre de la Universidad de Antioquia creyó haber
escuchado “papa bomba”, porque no demoraron en hacer presencia. Mientras
llegaban los efectivos policiales los “revoltosos” fueron encerrados contra su
voluntad en el parqueadero del Municipio. Ocho policías, aunque se esperaba el
ESMAD, atendieron la “emergencia”. Todo quedó en un video.
Los guardas de Tránsito, Jota &
Leopoldina, procedieron a dejar en custodia las seis motocicletas, costos que debían
cubrir los conductores de los vehículos, es decir, parqueadero y servicio de
grúa.
En el sitio del “operativo” hizo presencia
el gerente del Inderyal, Jorge Alonso Rueda Tobón, quien medió para que le
fuera entregada la motocicleta a una persona, no sin antes cancelar de su
propio bolsillo el costo del parqueadero y de la grúa. ¿Un claro tráfico de
influencias de un funcionario público? ¡Vaya uno a saber!
Otro conductor, de quien se desconoce el
nombre, pagó $20.000 pesos por el servicio de grúa y $5.000 por el parqueadero.
Las demás motocicletas, ante la no presencia de los conductores, fueron dejadas
bajo custodia del Fondo Rotatorio, es decir, del Municipio de Yarumal. Ya
habían aplicado el Código. “El que manda
manda, aunque mande mal”, dirán algunos.
Lo grave de todo es que los dos guardas de
Tránsito, siendo funcionarios públicos, violaron tajantemente el Código
Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), incumpliendo la norma, lo cual
demuestra que trabajan con la “ley del
ojo y dependiendo del marrano”. El Código referido en su Artículo
135, Parágrafo 1º, reglamenta:
ARTÍCULO 127. DEL RETIRO
DE VEHÍCULOS MAL ESTACIONADOS. La autoridad de tránsito, podrá bloquear o retirar con grúa o cualquier otro medio idóneo los vehículos que se
encuentren estacionados irregularmente en zonas prohibidas, o bloqueando alguna
vía pública o abandonados en áreas destinadas al espacio público,
sin la presencia del conductor o responsable del vehículo; si este último se encuentra en el sitio, únicamente habrá
lugar a la imposición del comparendo y a la orden de movilizar el vehículo. En el evento en que haya lugar al retiro del vehículo,
éste será conducido a un parqueadero autorizado y los costos de la grúa y el
parqueadero correrán a cargo del conductor o propietario del vehículo,
incluyendo la sanción pertinente.
PARÁGRAFO 1o. Si el
propietario del vehículo o el conductor se hace presente en el lugar en
donde se ha cometido la infracción, la autoridad de tránsito impondrá el
comparendo respectivo y no se procederá al traslado del vehículo a los
patios.
La norma es la norma y es de aplicación tanto para el
infractor como para la autoridad de Tránsito, en este caso Jota &
Leopoldina, quienes deben ser investigados por extralimitación de funciones e
incumplimiento del Código Nacional de Tránsito. El Personero Municipal, quien
conoció el hecho, debe investigar de oficio, o sino el mismo secretario Juan
Fernando Vélez, debe proceder a investigar los hechos. Tal parece que las
normas de Tránsito en Yarumal siguen con aplicación en el oeste.