En Yarumal, ¿guardas de tránsito o arbitrarios con pito?


El día sábado, 14 de mayo, entre las 11.00 a.m. y la 1.00 p.m., sucedió un hecho de tránsito que es la mayor muestra de arbitrariedad por parte de autoridad pública, en donde están relacionados dos guardas de tránsito: Jota & Leopoldina, a quienes se sumaron después por accidente y conocieron del hecho, el Secretario de Tránsito y Transporte y el gerente del Inderyal.

Frente a la sede de la Universidad de Antioquia en Yarumal, carrera 20 entre calles 19 y 20, siempre, sin control de la autoridad de tránsito, ha funcionado un parqueadero, sea de carros particulares o motocicletas. Ese sábado 14 de mayo no fue la excepción, pero los guardas de Tránsito, con ganas de trabajar y hacer cumplir la norma, hicieron presencia en el sitio y encontraron a varios infractores.

Los dos guardas, Jota & Leopoldina, procedieron a tomar las respectivas placas para hacer los comparendos. No contentos con ello, porque hasta ese momento los facultaba la ley, llamaron a una grúa para inmovilizar las seis (6) motos que en ese momento infringían el Código Nacional de Tránsito, para transportarlas hasta el Fondo Rotatorio, parqueadero del Municipio de Yarumal. Alertados de la situación los conductores de las motocicletas, que se encontraban en clases, hicieron presencia en el lugar, viendo cómo sus vehículos eran “amarrados” en una grúa.

Para Jota & Leopoldina el procedimiento estuvo bien. Para los infractores fueron arbitrarios y se extralimitaron en sus funciones y en la aplicación del Código Nacional de Tránsito. Según pude determinar con varios de los presentes en el sitio de ocurrencia del hecho, hubo varias llamadas al Secretario de Tránsito y Transporte, Juan Fernando Vélez Palacio, quien habló con sus subordinados. Nada sucedió y el procedimiento continuó. Hubo una llamada más, al Personero Municipal, Juan Felipe Botero, quien escuchó la queja, pero se disculpó por no poder hacer presencia en el sitio. Y nada sucedió.

Como autoridad es autoridad los dos guardas de Tránsito custodiaron el traslado de las seis (6) motocicletas hasta el Fondo, en donde las cosas pasaron a mayores. En vista de la arbitrariedad de las autoridades varios estudiantes de la Universidad de Antioquia, entre ellos del pregrado de Derecho y otros cursos, se fueron en combo hacia el parqueadero. ¡Ahí fue Troya!

Estando en el lugar, se dice que muchas personas, sin determinar el número, llegaron a reclamarles a los guardas, quienes se sintieron intimidados y amenazados, por lo que llamaron a la Policía Nacional, que al escuchar el nombre de la Universidad de Antioquia creyó haber escuchado “papa bomba”, porque no demoraron en hacer presencia. Mientras llegaban los efectivos policiales los “revoltosos” fueron encerrados contra su voluntad en el parqueadero del Municipio. Ocho policías, aunque se esperaba el ESMAD, atendieron la “emergencia”. Todo quedó en un video.  

Los guardas de Tránsito, Jota & Leopoldina, procedieron a dejar en custodia las seis motocicletas, costos que debían cubrir los conductores de los vehículos, es decir, parqueadero y servicio de grúa.

En el sitio del “operativo” hizo presencia el gerente del Inderyal, Jorge Alonso Rueda Tobón, quien medió para que le fuera entregada la motocicleta a una persona, no sin antes cancelar de su propio bolsillo el costo del parqueadero y de la grúa. ¿Un claro tráfico de influencias de un funcionario público? ¡Vaya uno a saber!

Otro conductor, de quien se desconoce el nombre, pagó $20.000 pesos por el servicio de grúa y $5.000 por el parqueadero. Las demás motocicletas, ante la no presencia de los conductores, fueron dejadas bajo custodia del Fondo Rotatorio, es decir, del Municipio de Yarumal. Ya habían aplicado el Código. “El que manda manda, aunque mande mal”, dirán algunos.

Lo grave de todo es que los dos guardas de Tránsito, siendo funcionarios públicos, violaron tajantemente el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), incumpliendo la norma, lo cual demuestra que trabajan con la “ley del ojo y dependiendo del marrano”. El Código referido en su Artículo 135, Parágrafo 1º, reglamenta:

ARTÍCULO  127. DEL RETIRO DE VEHÍCULOS MAL ESTACIONADOS. La autoridad de tránsito, podrá bloquear o retirar con grúa o cualquier otro medio idóneo los vehículos que se encuentren estacionados irregularmente en zonas prohibidas, o bloqueando alguna vía pública o abandonados en áreas destinadas al espacio público, sin la presencia del conductor o responsable del vehículo; si este último se encuentra en el sitio, únicamente habrá lugar a la imposición del comparendo y a la orden de movilizar el vehículo. En el evento en que haya lugar al retiro del vehículo, éste será conducido a un parqueadero autorizado y los costos de la grúa y el parqueadero correrán a cargo del conductor o propietario del vehículo, incluyendo la sanción pertinente.

PARÁGRAFO 1o. Si el propietario del vehículo o el conductor se hace presente en el lugar en donde se ha cometido la infracción, la autoridad de tránsito impondrá el comparendo respectivo y no se procederá al traslado del vehículo a los patios.

La norma es la norma y es de aplicación tanto para el infractor como para la autoridad de Tránsito, en este caso Jota & Leopoldina, quienes deben ser investigados por extralimitación de funciones e incumplimiento del Código Nacional de Tránsito. El Personero Municipal, quien conoció el hecho, debe investigar de oficio, o sino el mismo secretario Juan Fernando Vélez, debe proceder a investigar los hechos. Tal parece que las normas de Tránsito en Yarumal siguen con aplicación en el oeste. 

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