En Briceño (Ant.), precandidato que recolecta firmas, se encuentra inhabilitado

Rubiel Antonio Agudelo Torres
Rubiel Antonio Agudelo Torres

Rubiel Antonio Agudelo Torres, hermano del exalcalde de Briceño —2016/2019—, José Danilo Agudelo Torres, conocido como "Cenizo", inscribió ante la Registraduria Nacional del Estado Civil el grupo significativo de ciudadanos: La Fuerza del Cambio Independiente, para avalarse para la alcaldía.

A la fecha —según el medio radial —Antioquia Amanece El Legado— Rubiel Antonio ha recolectado 1300 firmas. Estas firmas, de acuerdo con la información que tengo en mi poder, no van a servir para nada. El precandidato no ha dicho a sus simpatizantes —y posibles electores— que está inhabilitado.

La hermana de Rubiel, Yeleny del Carmen Agudelo Torres, fue gerente de la Empresa de Servicios Públicos de Briceño hasta el 31 de octubre de 2022, cuando renunció. Ese mismo día le fue aceptada la renuncia por el alcalde Wilmar Moreno Monsalve.


El hecho de haber renunciado el 31 de octubre inhabilitó a su hermano Rubiel Antonio Agudelo Torres para ser candidato a la Alcaldía de Briceño. Así lo determina el numeral 4° del Artículo 95 de la Ley 136 de 1996 que trata sobre las "inhabilidades para ser alcalde".

 

Artículo 95. Inhabilidades para ser alcalde. No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado alcalde:

 

[...]

 

4. Quien tenga vínculos […] hasta el segundo grado de consanguinidad […] con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección […] hayan sido representantes legales de […] las entidades que presten servicios públicos domiciliarios.

El segundo grado de consanguinidad, según el Código Civil, son los hermanos.

Es decir, las elecciones para elegir alcaldes se realizarán el 29 de octubre de 2023, por lo que, si la norma dice "doce (12) meses anteriores a la elección", Yeleny del Carmen debió renunciar antes del 29 de octubre de 2022. Renunció el 31 de octubre.

Renuncia

Aceptación de la renuncia


Así las cosas, si Rubiel Antonio Agudelo Torres, sabiendo que está inhabilitado, se inscribe ante la Registraduría Municipal del Estado Civil como candidato, el Consejo Nacional Electoral Colombia debe revocar su inscripción por violación del numeral 4° del Artículo 95 de la Ley 136 de 1994, que ya mencioné.

La otra perla es que Rubiel Antonio le vendió en 2022, al Municipio de Briceño, un lote para aprovechamiento ambiental por $180 millones. No ha hecho Escritura Pública y tampoco devuelve el dinero para deshacer el negocio. Un tema interesante para la Fiscalía.

El alcalde de Briceño, Wilmar Moreno Monsalve, tiene la obligación de denunciar penalmente en la Fiscalía General de la Nación Colombia al precandidato —inhabilitado— Rubiel Antonio Agudelo Torres, quien estaría incurso en el delito de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales.

Si el precandidato, decide firmar la Escritura Pública, para protocolizar la compraventa del lote, se configuraría otra inhabilidad, la cual se encuentra normada en el numeral 3° del Artículo 95 de la Ley 136 de 1994:

 

Inhabilidades para ser alcalde. No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado alcalde:

 

3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio.

Las firmas que el precandidato Rubiel Antonio Agudelo Torres no tienen ninguna validez al momento de su inscripción como candidato. Incluso, de inscribirse como candidato, estaría incurriendo en el delito de violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, además de encontrarse incurso en el delito de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales –en el caso de la venta del lote.

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