Investigación | El “asesor inhabilitado” de la Alcaldía de Santa Bárbara
Sergio Mesa Cárdenas
El alcalde de Santa Bárbara, Antioquia, Luis Fernando Tangarife Cardona, quien aspiró por segunda vez a la alcaldía –la primera fue en octubre de 2015- fue elegido bajo la promesa de ¡No más corrupción! y Unidos por el Cambio. En la campaña del 2019 su asesor de campaña, Jhon Stiven García Álvarez, vitoreaba en plaza pública que el novel candidato llegaría a gobernar con honestidad.
El 21 de enero de 2020, cuando el alcalde “Nano” Tangarife llevaba veintiún días en el cargo, cometió el primer acto de corrupción, asesorado por su Secretario de Gobierno y Servicios Administrativos, Víctor Andrés Grisales Román –quien no cumple los requisitos para el cargo, pero ese es otro tema- quien realizó los Estudios Previos el 3 de enero para el contrato del contratista que, pese a haber sido convicto y ser condenado por un acto de corrupción, continúa delinquiendo.
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El alcalde de Santa Bárbara, a quien llaman cariñosamente “Nano” Tangarife, contrató al abogado Jorge Octavio Espinosa Sánchez, con cédula 71.875.385, por recomendación de su Secretario de Gobierno, quien revisó los antecedentes del abogado. ¡Oh sorpresa! El abogado aparece inhabilitado por haber sido condenado por la justicia.
Certificado de Antecedentes... by SAMC on Scribd
El abogado Espinosa Sánchez fue investigado penalmente por la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de la Fiscalía General de la Nación por el delito de contrato sin el cumplimiento de requisitos legales, siendo asignada la investigación a la Fiscalía 125 Seccional Jericó, bajo el radicado 05368318900120090014201.
Expediente 2_Jorge Octavio ... by SAMC on Scribd
3_contrato_jorge Octavio Es... by SAMC on Scribd
Artículo 408. Violación del régimen legal o
constitucional de inhabilidades e incompatibilidades
El servidor público que en ejercicio de
sus funciones intervenga en la
tramitación, aprobación o celebración
de un contrato con violación al régimen legal o a lo dispuesto en normas
constitucionales, sobre inhabilidades o incompatibilidades, incurrirá
en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses, multa
de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios
mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de
derechos y funciones públicas de ochenta (80) a doscientos dieciséis (216)
meses.
Artículo 410. Contrato sin el cumplimiento de
requisitos legales
El servidor público que por razón del
ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos
legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los
mismos, incurrirá en prisión de sesenta y
cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de sesenta y seis punto
sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales
vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas
de ochenta (80) a doscientos dieciséis (216) meses.
Siquiera en la cárcel Yarumito, en Itagüí, todavía hay espacio de llegar a ser condenados el alcalde “Nano” Tangarife y el secretario Víctor Andrés Grisales Román.
Tal es la forma reiterativa de cometer actos de corrupción del secretario Grisales Román y del alcalde “Nano” Tangarife que no contentos con haberle dado un contrato al “abogado inhabilitado” Jorge Octavio Espinosa Sánchez le dieron otro. El 15 de abril del Secretario de Gobierno hizo los Estudios Previos para el contrato que celebrarían el Municipio con el inhabilitado.
5 Estudios Previos_contrato... by SAMC on Scribd
El 22 de abril el alcalde “Nano” Tangarife, previa revisión de los requisito y antecedentes del abogado Jorge Octavio Espinosa Sánchez, pasando por alto que ¡estaba inhabilitado! celebró el contrato CPS-077-2020 por ocho (8) meses y por valor de treinta y dos millones de pesos ($32.000.000).}
Lo curioso es que el mismo abogado
inhabilitado Jorge Octavio Espinosa
Sánchez proyectó su contrato y puso la siguiente cláusula:
Lo grave es que el alcalde “Nano” Tangarife haya firmado un documento que fue falsamente revisado –al haber sido proyectado por el abogado inhabilitado- por la abogada Katerine Mesa Villada y el secretario Víctor Andrés Grisales Román.
El Municipio de Santa Bárbara no es el único en donde el abogado delincuente –además de inhabilitado- fue contratado pese a existir un inhabilidad. En Angelópolis la ESE Hospital La Misericordia celebró el Contrato-53-2018 con el objeto de prestar los servicios como asesor jurídico. [Ver Contrato-53-2018]
Contrato 53-2018 y Acta de ... by SAMC on Scribd
El Secretario de Gobierno y Servicios Administrativos de Santa Bárbara, Víctor Andrés Grisales Román, no puede eludir su responsabilidad en cuanto a la revisión de los antecedentes del abogado Espinosa Ramírez. Esa facultad recae directamente sobre el funcionario a quien el Manual de Funciones le asigna la elaboración de los documentos de la etapa precontractual [Estudios Previos] y la supervisión de los contratos.
El Artículo 93 del Decreto 019 de 2020 suprimió el certificado judicial, por lo que es la entidad quien debe verificar los antecedentes del contratista a quien va a contratar. Si el secretario Grisales Román hubiera cumplido su función se habría dado cuenta de la inhabilidad del abogado Jorge Octavio Espinosa Sánchez. Ahora deberán defenderse ante la Fiscalía y ante la Procuraduría Provincial de Amagá. ¡Ahora dirán que no sabían!