Concejal Yezid Sánchez tiene el 100% de los honorarios embargados
En octubre de 2015 fue elegido como concejal
Yezid Alexis Sánchez Muñoz, en representación del Partido de la U, por 185
votos, obteniendo el 1.25% del total de votos por la lista del partido (1177).
El 1° de enero de 2012 se posesionó, iniciando así el periodo 2016-2019.
Lo curioso es que el concejal, antes de
posesionarse ya debía los honorarios que se iba a ganar. Si hacemos un cálculo
aritmético por el número de sesiones mensuales (4 periodos anuales), un
concejal, si solamente se dedica a eso, se gana menos de 1 smlmv.
Año
|
Periodo
|
Sesiones
|
Valor
|
Subtotal
|
2016
|
Febrero
|
20
|
$102.637
|
$2.052.740
|
Mayo
|
20
|
$102.637
|
$2.052.740
|
|
Agosto
|
20
|
$102.637
|
$2.052.740
|
|
Noviembre
|
20
|
$102.637
|
$2.052.740
|
|
Total
|
$8.210.960
|
|||
Mensual
|
$684.246
|
|||
2017
|
Febrero
|
20
|
$115.382
|
$2.305.640
|
Mayo
|
20
|
$115.382
|
$2.305.640
|
|
Agosto
|
20
|
$115.382
|
$2.305.640
|
|
Noviembre
|
20
|
$115.382
|
$2.305.640
|
|
Total
|
$9.222.560
|
|||
Mensual
|
$768.546
|
|||
2018
|
Febrero
|
$120.625,74
|
$2.412.514
|
|
Total
|
$1.206.257
|
El aspirante el Concejo de Yarumal, cinco meses
antes de las elecciones, el 1 de mayo de 2015, firmó una Letra de Cambio con
Sergio Alejandro Peláez Tamayo por valor de $3.170.750, poniendo como plazo el
2 de mayo de 2016, el cual no cumplió.
El préstamo debió haber sido para gastos
personales, porque según pude establecer no fue para para la campaña, porque apenas reportó cincuenta mil pesos
($50.000) como gastos de campaña, una total evasión de gastos electorales.
Sin embargo, después de dos (2) años y tres
meses de posesionado no le ha pagado al acreedor, quien decidió demandarlo a
través de un proceso Ejecutivo que ya se encuentra en el Juzgado Segundo Promiscuo
Municipal de Yarumal, como aparece en el Auto – Interlocutorio N° 061 del 9 de
marzo de 2018.
“[…] se accederá a la medida cautelar
deprecada por cuanto la misma es procedente al tenor del artículo 599 del
Código General del Proceso y la Sentencia T-725 de 201e de la Honorable Corte Constitucional”.
Es así, como en ejecución de la medida cautelar,
le fueron secuestrados los bienes
inmuebles y muebles que tenga a su nombre –en caso de tenerlos- y el embargo de los honorarios que perciba como
concejal de Yarumal. Entonces, de seguir como concejal, las sesiones del
próximo mes de mayo irán a parar al acumulado con que deberá responder la
demanda, en donde no han sido tasados los intereses, que serán fijados al
término del proceso.
¿Cuál es el trabajo que usted, que está incurso
en doble militancia, ha hecho por Yarumal? ¿Representando los intereses de la
comunidad cuando los honorarios que le pagamos con nuestros impuestos terminan
en demandas? ¡Qué desfachatez!
El pueblo debería juzgar en las urnas a quienes son
elegidos, no para servir, sino para malversar los recursos públicos.
[El otro 50% de los honorarios se encuentran embargados por otro proceso Ejecutivo por un concejal de quien me reservo el nombre]
[El otro 50% de los honorarios se encuentran embargados por otro proceso Ejecutivo por un concejal de quien me reservo el nombre]