María Eugenia Taborda: candidata azul-Alianza Verde

En el centro: María Eugenia Taborda Carmona, candidata de la Alianza Verde; Jaivier Areiza,
presidente de la Alianza Verde; Nelson Londoño, candidato al Concejo.
Lo que hasta ayer era un rumor sobre la candidatura de María Eugenia Taborda Carmona, exprecandidata a la alcaldía de Yarumal por el Partido Conservador, ha terminado por ser cierto: será candidata de la Alianza Verde, no por el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS), como inicialmente se había pensado.

En la noche de ayer fue publicada una fotografía en la cual la abogada Taborda Carmona posa con el presidente del directorio de la Alianza Verde en Yarumal, Javier Areiza, quien ha sido concejal de Yarumal (2008-2011), además de otros aspirantes al concejo como Nelson Londoño y el representante legal de Huellitas, entidad que trabaja por los perros callejeros y en estado de abandono.


Según pudimos establecer en varias llamadas y conversaciones el presidente Javier Areiza le solicitó al presidente del Directorio Conservador, Óscar Arboleda Tayakee, le certificara si María Eugenia había participado en algún tipo de elección interna con el fin de definir la candidatura única de dicho partido para las elecciones locales. Efectivamente dicha certificación fue expedida, con lo cual la Alianza Verde tiene conocimiento de la inhabilidad.

De inscribirse la próxima semana como candidata de la Alianza Verde a la alcaldía de Yarumal serían 6 los candidatos, siendo ella la única mujer.

Pese a que la abogada María Eugenia sustenta que no se encuentra inhabilitada para aspirar a la alcaldía es importante recordar lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley 1475 de 2011, conocida como Reforma Política: “quienes hubieren participado como precandidatos quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral, por partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o coaliciones distintas”.

Ya será la Registraduría Nacional del Estado Civil o el Consejo Nacional Electoral (CNE) quienes de oficio, o por impugnación por parte de un ciudadano, estudien si es legal la inscripción de dicha candidatura, la cual contraría plenamente lo dispuesto en la Ley 1475.

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