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Nombramiento de Secretaria de Tránsito viola las leyes 769/02 y 1310/09

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Luego de la publicación del día de ayer sobre el nombramiento de la Secretaria de Tránsito y Transportes de Yarumal, Ruth Daimara Estrada Pérez, han surgido algunos interrogantes en cuanto a que ella sí podría estar habilitada para ejercer el cargo, porque estudió Sicología, otros dicen que es Tecnóloga en Servicios de Salud, pero lo que sí es cierto es que cursa el pregrado de Derecho, estando en 8° semestre, con lo que cumpliría con lo mínimo exigido en el “núcleo básico de conocimiento”. De acuerdo a un concepto del Ministerio de Transporte de julio de 2010 los requisitos que exigía el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) en cuanto a los Directores de Organismos de Tránsito, éste conceptuó que los nombramientos de dicho organismo deben hacerse conforme a la Ley 1310 de 2009, no siguiendo el Manual de Funciones.

Secretaria de Tránsito de Yarumal no cumple con los requisitos

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El Alcalde de Yarumal, luego de 1 año y 7 meses de gobierno, en donde ha acertado en algunos proyectos, como es el centro penitenciario de mediana seguridad, que se adecuará en las instalaciones del antiguo Seminario Menor Cristo Sacerdote, de propiedad de la Diócesis de Sonsón-Rionegro, continúa cometiendo algunos errores administrativos, no podríamos decir que por su desconocimiento, ni más faltaba, sino por falta de cautela de sus asesores jurídicos, casi media decena. Como lo revelé en una publicación del 21 de junio de 2017, el Secretario de Transportes y Tránsito, Juan Fernando Vélez Palacio, luego de haber presentado su carta de renuncia ante el alcalde, el 20 de junio, le fue aceptada y estuvo hasta el 30 del mismo mes. Lo que nadie esperaba era la decisión del alcalde Julio Areiza, quien no se sabe asesorado por quién, nombró Ruth Daimara Estrada Pérez como Secretaria (e) de Tránsito, en reemplazo de Vélez Palacio. Lo más particular del nombramiento, que prime...